Vídeo Historia del Consejo de Estado

Transcripción

00:00 Imágenes de la fachada del edificio del Consejo de Estado.

00:06 Narración. La sala de Plenos del Consejo de Estado está presidida por un Tiziano en el que Carlos V posa, enseñoreado, con su perro, una excelente copia del original que conserva el Museo del Prado. «El César», como algunos llamaban a Carlos I de España y V del Sacro Imperio Romano Germánico, fue el creador del Consejo de Estado en 1526. El nieto de los Reyes Católicos siguió la pauta de sus abuelos maternos y fundó el que hoy es el supremo órgano consultivo. Cuatro años más tarde, sufriría la primera de sus múltiples renovaciones.

Pero ¿por qué se crea el Consejo de Estado en el siglo XVI si ya existían varios consejos consultivos? La intención era muy clara: se necesitaba un órgano que, con visión de conjunto, se ocupase de los asuntos que afectaban a todo el Reino, especialmente en materia de política exterior. Los antiguos Consejos de Castilla, de Aragón, de Indias, de Hacienda, de las Órdenes… tenían serias limitaciones territoriales o temáticas. Urgía una visión global de la realidad. Una capacidad que sigue siendo ‘marca de la casa’.

Así, durante el reinado de Carlos V, el Consejo de Estado constituyó el órgano central de toda la monarquía. Estaba compuesto principalmente por nobles y prelados de alto rango y discernía sobre cuestiones variadas. Al principio, su función fue en parte consultiva, en parte jurisdiccional hasta la reforma de 1904, cuando pasó a ser un órgano puramente consultivo. Y así se mantiene.

Esta visión global de Carlos V no parece que fuese heredada por sus sucesores. El Consejo perdió importancia durante los reinados de Felipe III y Felipe IV, a consecuencia de la influencia y ansias de poder de sus validos. 

A partir de aquí, los altibajos son constantes, sucediéndose épocas en las que el Consejo se veía relegado a un segundo o tercer plano y épocas en las que era recuperado o incluso gozaba de un importante protagonismo. Como cuando las Cortes de Cádiz le confirieron en 1812 rango constitucional o durante el decenio de 1858 a 1868, la ‘edad de oro’ del Consejo, tanto por la importancia de las materias sometidas a su consulta como por la doctrina creada en materia administrativa.

Es durante este periodo que se producen dos hechos importantes: la aprobación de la primera Ley Orgánica del Consejo de Estado (1860) y, una año después, la redacción de su Reglamento Orgánico, que marcaría la pauta de todos los que se han aprobado posteriormente y hasta nuestros días.

Desde esa ‘edad de oro’ hasta la actualidad, el Consejo ha navegado en aguas calmas o en turbulentas tormentas, según el devenir histórico de nuestro país.

Hasta que llegamos a la restauración de la democracia. En 1978, la Constitución que se aprueba en referéndum contempla en su Artículo 107 al Consejo de Estado y lo configura como el supremo órgano consultivo del Gobierno. 

Fin de transcripción